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Glosario · Concepto clave

¿Qué es la nulidad de la sociedad?

La nulidad de la sociedad es la declaración judicial de invalidez de una sociedad ya inscrita por causas tasadas en la ley, como la falta de objeto o de capital. A diferencia de la nulidad civil ordinaria, no borra la sociedad con efecto retroactivo: abre su liquidación. Se regula en la Ley de Sociedades de Capital.

Última actualización: · Fuente: OpenMercantil — Metodología · Corregir un dato.

Definición

La nulidad de la sociedad es la declaración judicial de que una sociedad ya inscrita adolece de un vicio que la invalida, pero solo por causas tasadas. Se regula en el art. 56 de la Ley de Sociedades de Capital.

Causas tasadas

  • No constar en la escritura/estatutos la denominación, las aportaciones, la cuantía del capital o el objeto social
  • Tener un objeto ilícito o contrario al orden público
  • La incapacidad de todos los socios fundadores o no concurrir la voluntad efectiva de, al menos, dos (en sociedades no unipersonales)
  • No haberse desembolsado el capital en la medida legalmente exigida

La lista es cerrada: fuera de ella no cabe declarar la nulidad de la sociedad inscrita.

Efectos

La nulidad no opera con efecto retroactivo como la nulidad civil ordinaria: abre la liquidación de la sociedad, como si de una disolución se tratara. Se protege así a los terceros de buena fe y la seguridad del tráfico. La sentencia se inscribe y publica.

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Preguntas frecuentes

¿Se puede anular una sociedad ya constituida?

Solo por las causas tasadas del art. 56 LSC (falta de denominación, aportaciones, capital u objeto; objeto ilícito; incapacidad de todos los fundadores; falta de desembolso mínimo). Es una lista cerrada: fuera de ella no cabe declarar la nulidad de la sociedad inscrita.

¿La nulidad borra la sociedad desde el principio?

No. A diferencia de la nulidad civil ordinaria, la nulidad de la sociedad inscrita no tiene efecto retroactivo: abre el proceso de liquidación de la sociedad, protegiendo a los terceros de buena fe y la validez de los actos realizados hasta entonces.

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