Saltar al contenido principal

Guía · Derecho mercantil

Fusión por absorción de sociedades

En la fusión por absorción una sociedad (absorbente) integra el patrimonio de otra u otras (absorbidas), que se extinguen. Es una de las modificaciones estructurales reguladas en la Ley de Modificaciones Estructurales (RDL 5/2023).

Qué es la fusión por absorción

La fusión por absorción supone que una sociedad ya existente adquiere por sucesión universal el patrimonio de las sociedades absorbidas, que se disuelven sin liquidación. Sus socios reciben, por lo general, participaciones o acciones de la absorbente. La fusión de sociedades mercantiles se regula en el Real Decreto-ley 5/2023, de Modificaciones Estructurales (LME).

Pasos habituales

A grandes rasgos: (1) los administradores redactan un proyecto común de fusión (art. 39 LME) y, en su caso, el informe correspondiente; (2) la junta general de cada sociedad aprueba la fusión (art. 40 LME) con los requisitos de modificación de estatutos; (3) se publica o comunica el acuerdo y se respetan los plazos y, en su caso, el derecho de oposición de acreedores; (4) se otorga la escritura de fusión; (5) se inscribe en el Registro Mercantil (art. 46 LME) y se publica en el BORME.

Cómo se ve en OpenMercantil

Las fusiones inscritas se publican en el BORME. En OpenMercantil puedes consultar las fusiones publicadas por las empresas españolas y la norma que las ampara, así como navegar de la operación a la sociedad implicada.

Base legal

Norma: Ley de Modificaciones Estructurales

Artículos: art. 33 · art. 39 · art. 40 · art. 46

Empresas reales: ver actos publicados en el BORME →

Conceptos relacionados

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay con la fusión por creación de nueva sociedad?

En la absorción, una sociedad preexistente integra a las demás; en la fusión por creación se constituye una sociedad nueva que absorbe a todas las que se fusionan. Ambas modalidades se regulan en la LME.

¿Se publica en el BORME?

Sí. La inscripción de la fusión en el Registro Mercantil se publica en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME).