Saltar al contenido principal

Glosario · Concepto clave

¿Qué es la sociedad en formación?

La sociedad en formación es la fase en la que se encuentra una sociedad de capital desde que se otorga la escritura de constitución hasta que se inscribe en el Registro Mercantil. Durante ese periodo la ley establece un régimen especial de responsabilidad por los actos realizados. Se regula en la Ley de Sociedades de Capital.

Última actualización: · Fuente: OpenMercantil — Metodología · Corregir un dato.

Definición

La sociedad en formación es la situación de una sociedad de capital entre el otorgamiento de la escritura de constitución y su inscripción en el Registro Mercantil. Su régimen se establece en los arts. 36 a 38 de la Ley de Sociedades de Capital.

Régimen de responsabilidad

  • De los actos celebrados en nombre de la sociedad antes de la inscripción responden solidariamente quienes los hubieran celebrado, salvo que su eficacia quede condicionada a la inscripción
  • Una vez inscrita, la sociedad queda obligada por los actos aceptados o realizados dentro de las facultades de los administradores
  • Por los actos indispensables para la inscripción responde la sociedad en formación con su patrimonio

Diferencia con la sociedad irregular

Si transcurre un año desde la escritura sin que se inscriba (o se constata la voluntad de no inscribir), la sociedad pasa a considerarse sociedad irregular, con un régimen distinto y más gravoso para los socios.

Relacionado

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo existe una sociedad de capital?

Adquiere su personalidad jurídica como sociedad del tipo elegido con la inscripción en el Registro Mercantil. Entre la escritura y la inscripción se encuentra en fase de sociedad en formación, con un régimen especial de responsabilidad por los actos realizados.

¿Quién responde de las deudas de una sociedad en formación?

Por regla general, responden solidariamente quienes hubieran celebrado los actos en nombre de la sociedad antes de su inscripción, salvo que su eficacia se condicionara a la inscripción. Una vez inscrita, la sociedad asume los actos aceptados y los realizados dentro de las facultades de los administradores.

Esta página forma parte del glosario de OpenMercantil. ¿Detectaste un error? Notifícanos.