Guía · Derecho mercantil
Modificación del objeto social de una sociedad
El objeto social describe la actividad de la sociedad y figura en los estatutos. Cambiarlo es una modificación de estatutos regulada en la Ley de Sociedades de Capital (LSC).
Qué es el objeto social
El objeto social delimita la actividad o actividades que la sociedad puede desarrollar y es una mención obligatoria de los estatutos (art. 23 LSC). Su redacción debe ser determinada y conforme a la ley.
Pasos habituales
La modificación del objeto social compete a la junta general por tratarse de una modificación de estatutos (art. 285 LSC), con los requisitos de quórum y mayoría reforzada y los demás del art. 286 LSC. Después se eleva a escritura pública y se inscribe en el Registro Mercantil (art. 290 LSC), publicándose en el BORME.
Cómo se ve en OpenMercantil
Las modificaciones de estatutos —incluido el objeto social— inscritas se publican en el BORME. En OpenMercantil puedes consultarlas y relacionar la actividad con su código CNAE.
Base legal
Norma: Ley de Sociedades de Capital
Artículos: art. 23 · art. 285 · art. 286 · art. 290
Empresas reales: ver actos publicados en el BORME →
Conceptos relacionados
Preguntas frecuentes
¿La modificación del objeto social necesita escritura pública?
Sí. Como toda modificación de estatutos, se eleva a público y se inscribe en el Registro Mercantil (art. 290 LSC).
¿Tiene relación con el CNAE?
El objeto social describe la actividad jurídica; el CNAE la clasifica a efectos estadísticos. Son conceptos distintos pero complementarios.
Este contenido tiene carácter informativo y divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para decisiones con efectos legales, consulte a un profesional del derecho y la fuente oficial correspondiente.