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Guía · Derecho mercantil

Cómo disolver y liquidar una sociedad

La disolución abre el proceso que conduce a la extinción de una sociedad. La Ley de Sociedades de Capital (arts. 360-400) ordena sus causas y fases.

Causas de disolución

La sociedad se disuelve por las causas previstas en la ley y los estatutos (art. 363 LSC): por acuerdo de la junta, por cumplimiento del término, por cese del objeto, por pérdidas que reduzcan el patrimonio neto por debajo del umbral legal, entre otras.

Apertura de la liquidación

Disuelta la sociedad, se abre el periodo de liquidación (art. 371 LSC). Los liquidadores realizan las operaciones pendientes, cobran créditos, pagan deudas y reparten el haber resultante entre los socios conforme a la ley.

Extinción e inscripción

Concluida la liquidación se otorga escritura de extinción y se cancela la hoja registral (art. 395 LSC). Todo ello se inscribe en el Registro Mercantil y se publica en el BORME.

Base legal

Norma: Ley de Sociedades de Capital

Artículos: art. 363 · art. 371 · art. 383 · art. 395

Empresas reales: ver actos publicados en el BORME →

Conceptos relacionados

Preguntas frecuentes

¿Disolución y liquidación son lo mismo?

No. La disolución abre el proceso; la liquidación es la fase de realización de operaciones que culmina con la extinción de la sociedad.

¿Qué artículos lo regulan?

Los arts. 360 a 400 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC).