Guía · Derecho mercantil
Cómo disolver y liquidar una sociedad
La disolución abre el proceso que conduce a la extinción de una sociedad. La Ley de Sociedades de Capital (arts. 360-400) ordena sus causas y fases.
Causas de disolución
La sociedad se disuelve por las causas previstas en la ley y los estatutos (art. 363 LSC): por acuerdo de la junta, por cumplimiento del término, por cese del objeto, por pérdidas que reduzcan el patrimonio neto por debajo del umbral legal, entre otras.
Apertura de la liquidación
Disuelta la sociedad, se abre el periodo de liquidación (art. 371 LSC). Los liquidadores realizan las operaciones pendientes, cobran créditos, pagan deudas y reparten el haber resultante entre los socios conforme a la ley.
Extinción e inscripción
Concluida la liquidación se otorga escritura de extinción y se cancela la hoja registral (art. 395 LSC). Todo ello se inscribe en el Registro Mercantil y se publica en el BORME.
Base legal
Norma: Ley de Sociedades de Capital
Artículos: art. 363 · art. 371 · art. 383 · art. 395
Empresas reales: ver actos publicados en el BORME →
Conceptos relacionados
Preguntas frecuentes
¿Disolución y liquidación son lo mismo?
No. La disolución abre el proceso; la liquidación es la fase de realización de operaciones que culmina con la extinción de la sociedad.
¿Qué artículos lo regulan?
Los arts. 360 a 400 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC).
Este contenido tiene carácter informativo y divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para decisiones con efectos legales, consulte a un profesional del derecho y la fuente oficial correspondiente.