Glosario · Concepto clave
¿Qué es un contrato menor?
Un contrato menor es un contrato del sector público cuyo importe está por debajo de los umbrales que exigen procedimientos abiertos: 15.000 € sin IVA en servicios/suministros y 40.000 € sin IVA en obras (art. 118 Ley 9/2017 LCSP). Se adjudica directamente sin licitación pero con publicidad y trazabilidad.
Última actualización: · Fuente: OpenMercantil — Metodología · Corregir un dato.
Definición y base legal
El contrato menor es un contrato del sector público regulado por el art. 118 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP). Es la modalidad más simplificada de contratación pública, permitida cuando el importe está por debajo de los umbrales establecidos.
Umbrales económicos (art. 118 LCSP)
- Contrato menor de obras: hasta 40.000 € sin IVA
- Contrato menor de servicios: hasta 15.000 € sin IVA
- Contrato menor de suministros: hasta 15.000 € sin IVA
Por encima de estos importes, la administración debe acudir a procedimientos abiertos, simplificados o restringidos con publicidad previa.
Procedimiento simplificado
- Aprobación del gasto por el órgano de contratación
- Solicitud de oferta a uno o varios operadores económicos (no es obligatorio licitación pública)
- Adjudicación directa al operador elegido
- Emisión de factura + pago contra contraprestación
- Publicidad trimestral en perfil del contratante (PLACSP) — obligatoria desde 2018
No requiere proyecto ni pliego previo en obras menores. La duración no puede exceder de 1 año ni ser objeto de prórroga.
Limitaciones y controles
- No fraccionamiento: prohibido dividir un contrato superior en varios menores para evitar el procedimiento abierto (art. 99.2 LCSP). Las administraciones publican memorias justificativas que defienden la unidad de cada contrato.
- Límite por proveedor: un mismo operador no puede acumular contratos menores con la misma entidad por encima de los umbrales en un mismo ejercicio sin justificación.
- Publicidad obligatoria: la relación trimestral de contratos menores se publica en PLACSP con NIF del adjudicatario, importe y objeto.
Cómo aparecen en OpenMercantil
Los contratos menores se muestran en la sección "Contratación pública" de la ficha de empresa cuando la entidad ha sido adjudicataria, identificados con el badge "Contrato menor". OpenMercantil extrae:
- Órgano contratante
- Objeto del contrato
- Importe (sin IVA)
- Fecha de adjudicación
- Enlace al perfil del contratante
- NIF del adjudicatario
Fuente principal: PLACSP. Cobertura desde 2018 (entrada en vigor del régimen de publicidad obligatoria).
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Preguntas frecuentes
¿Necesito facturar electrónicamente si gano un contrato menor?
Sí, desde 2018 (Ley 25/2013). Toda factura emitida a la Administración Pública debe ser electrónica vía FACe o equivalente, con independencia del importe.
¿Puedo participar en muchos contratos menores con la misma administración?
Sí, pero con límite: la acumulación de contratos menores con un mismo proveedor en un mismo ejercicio no puede superar los umbrales individuales sin justificación documentada. Esto se controla en la memoria justificativa anual.
¿Los contratos menores aparecen siempre en OpenMercantil?
Solo cuando la administración los publica en PLACSP. La publicidad de menores es obligatoria desde 2018 pero el cumplimiento varía. Para auditorías exhaustivas, contrastar con el perfil del contratante específico.
Contratos públicos por provincia
Base legal
Este contenido tiene carácter informativo y divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para decisiones con efectos legales, consulte a un profesional del derecho y la fuente oficial correspondiente.
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