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Glosario · Concepto clave

¿Qué es una agrupación de interés económico?

La Agrupación de Interés Económico (AIE) es una sociedad mercantil sin ánimo de lucro propio cuyo fin es facilitar o desarrollar la actividad económica de sus socios, que responden de forma subsidiaria, personal y solidaria de sus deudas. Es una entidad inscribible en el Registro Mercantil.

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Definición

La Agrupación de Interés Económico (AIE) es una entidad mercantil cuyo fin es auxiliar la actividad de sus socios, sin sustituirla ni perseguir lucro propio. Es una entidad mercantil inscribible en el Registro Mercantil; su régimen específico está en la Ley 12/1991, de 29 de abril, de Agrupaciones de Interés Económico (BOE), con aplicación supletoria de las normas de la sociedad colectiva del Código de Comercio.

Características

  • Finalidad auxiliar: desarrollar o mejorar la actividad económica de sus socios (no la sustituye)
  • Sin ánimo de lucro propio: el beneficio revierte en los socios
  • Los socios responden de forma subsidiaria, personal y solidaria de las deudas de la agrupación
  • Los socios deben ejercer una actividad empresarial, profesional o agrícola

AIE y AEIE europea

Junto a la AIE española existe la Agrupación Europea de Interés Económico (AEIE), de ámbito comunitario, para cooperación transfronteriza. La constitución de una AIE se formaliza en escritura pública, se inscribe en el Registro Mercantil y se publica en el BORME.

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Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre una AIE y una UTE?

La AIE es una sociedad con personalidad jurídica propia, inscrita en el Registro Mercantil, con vocación de permanencia para auxiliar la actividad de sus socios. La UTE es una unión temporal sin personalidad jurídica propia para una obra o servicio concreto. Ambas sirven a la colaboración entre empresas, con naturaleza distinta.

¿Los socios de una AIE responden de sus deudas?

Sí. Los socios de una AIE responden de las deudas de la agrupación de forma personal y solidaria, aunque subsidiaria respecto del patrimonio de la propia AIE (primero responde la agrupación y, en su defecto, los socios).

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