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Glosario · Concepto clave

¿Qué es el preconcurso?

El preconcurso es la comunicación al juzgado de que se han abierto negociaciones con los acreedores para alcanzar un plan de reestructuración o una solución a la insolvencia, antes de solicitar formalmente el concurso. Permite ganar tiempo y proteger al deudor de ejecuciones mientras negocia. Se regula en el Texto Refundido de la Ley Concursal (RDLeg 1/2020), tras la reforma de 2022.

Última actualización: · Fuente: OpenMercantil — Metodología · Corregir un dato.

Definición

El preconcurso (comunicación de apertura de negociaciones) es el mecanismo por el que un deudor en probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o ya actual comunica al juzgado que ha iniciado negociaciones con sus acreedores. Se regula en el art. 583 del Texto Refundido de la Ley Concursal y siguientes, tras la reforma operada por la Ley 16/2022.

¿Para qué sirve?

  • Ganar tiempo para negociar una solución sin entrar en concurso
  • Negociar un plan de reestructuración con los acreedores
  • Obtener protección frente a ejecuciones singulares sobre bienes necesarios para la actividad durante el periodo de negociación
  • Evitar, si la negociación tiene éxito, el concurso de acreedores

Efectos y duración

Tras la comunicación, se abre un periodo (prorrogable) durante el cual pueden suspenderse o paralizarse determinadas ejecuciones. Si las negociaciones fracasan, el deudor deberá solicitar el concurso si está en insolvencia actual; si tienen éxito, el plan de reestructuración homologado evita el concurso.

Concepto neutro

El preconcurso es una herramienta preventiva y legítima de salvamento de empresas viables; no es un signo de fracaso ni una calificación negativa. OpenMercantil lo trata como dato procesal neutro cuando consta en fuentes oficiales, con el disclaimer canónico.

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Preguntas frecuentes

¿El preconcurso es lo mismo que el concurso?

No. El preconcurso es una fase previa y preventiva: el deudor comunica que negocia con sus acreedores para evitar el concurso. Solo si las negociaciones fracasan y persiste la insolvencia se solicita el concurso de acreedores propiamente dicho.

¿Acogerse al preconcurso protege frente a embargos?

Durante el periodo de negociación pueden suspenderse o impedirse determinadas ejecuciones singulares sobre los bienes necesarios para la continuidad de la actividad del deudor, conforme al régimen del TRLC reformado en 2022. No es una protección absoluta ni indefinida.

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